ESTIMADOS DIRECTORES
DE LA ZONA 065:
Como
es de su conocimiento, la Coordinación Estatal de Acciones Compensatorias tiene
bajo su responsabilidad el manejo operativo del Componente Educativo de
PROSPERA, Programa de Inclusión Social, mediante el envío y recepción de
formatos que se utilizan para los procesos de Certificación, tanto de
Inscripción (E-1) como de Corresponsabilidades (E-2), de los alumnos
beneficiarios del Programa, que están inscritos y asisten a escuelas de Educacion
Básica de la Secretaría de Educación en Veracruz.
Buscando
simplificar estos procesos, con el apoyo de la Unidad de
Planeación, Evaluacion y Control Educativo y de la Dirección de Tecnologías de
la Información de la SEV, hemos realizado acciones conjuntas con la
Delegación Estatal de PROSPERA, con la finalidad de suprimir el envío y manejo
de la formatería descrita anterirormente, utilizando la información de los
alumnos contenida en la Plataforma de Control Escolar de la SEV, utilizando
como llave de control la Clave Única de Registro de Población (CURP) validada
por RENAPO, asociándola al folio de los beneficiarios asignado por el Programa
PROSPERA.
En
razón de lo anterior, a partir del ciclo
escolar 2016-2017 que estamos iniciando, los procesos de certificación para el Programa PROSPERA sufren un
cambio radical al eliminarse el envío de formatos E-1 y constancias de
inscripción al inicio del ciclo escolar y de E-2 de manera bimestral,
toda vez que ahora los procesos de certificación se estarán manejando por las
áreas de oficinas centrales involucradas a través del intercambio de
información de la Plataforma de Control Escolar y el Padrón Activo de becarios
de PROSPERA. Para estar en condiciones de realizar esta tarea, la plataforma de Control Escolar estará
sufriendo mínimos ajustes para ser alimentada, por parte de los docentes, con
la información de los alumnos, al construir la matrícula general de cada centro
de trabajo, de conformidad a lo establecido por las Áreas de Control Escolar.
No
omito solicitar a ustedes estar muy atentos a las indicaciones que gire el
Departamento de Control Escolar en relación a la apertura y cierre de los
procesos de captura de información, toda vez que, el no registrar la información de sus alumnos en la matrícula digital
en los tiempos establecidos para ello, se corre el riesgo de que no se incluyan
en el Padrón Activo de Becarios del Programa PROSPERA, lo que implicaría que no
se generen los apoyos que otorga este Programa a sus beneficiarios.
Asimismo
menciono a ustedes que, al registrar a sus alumnos en la Plataforma de Control
Escolar, no será necesario elaborar ninguna documentación adicional para ser
considerado como becario activo para efectos del Programa PROSPERA, con
excepción de aquellos alumnos a los que no se les ha validado la CURP, que se
les detectó alguna inconsistencia en la información al confrontar las bases de
datos de ambas dependencias o, que transitan del Programa Prospera Alimentario
sin corresponsabilidad (PAL) a PROSPERA con corresponsabilidad; para estos
casos, el personal operativo de PROSPERA entregará Constancias de Inscripción
Pre-llenadas a las Titulares, quienes deberán acudir al plantel educativo a solicitar que el personal docente
registre y valide los datos de la inscripción del alumno beneficiario en la
constancia mencionada; la constancia de inscripción una vez validada por el
Director de la Escuela, deberá ser
devuelta a la titular para que, con copia legible de la CURP y del acta de
nacimiento del alumno, la entregue al personal operativo del Programa. Para
este proceso (certificación de constancias de inscripción), las titulares
tendrán como fecha máxima el día 23
de septiembre para solicitar en la escuela se les validen dichas
constancias.
Es
importante informarles que por los cambios anteriormente descritos, para el proceso de certificación de
inscripción de Becarios de PROSPERA, no se dispersarán por ningún motivo
constancias de inscripción en blanco, ni por el personal de PROSPERA ni por la
estructura operativa de la Secretaría de Educación; toda vez que, al
incluirse en la matricula digital de la SEV y tener asociada la información de
los alumnos en las bases de datos de las dependencias involucradas, no hay
necesidad de realizar esta acción.
Adicionalmente,
para los casos que realizaban la Certificación de Corresponsabilidades mediante
el SICEC (Sistema de Certificación Electrónica de Corresponsabilidades)
utilizando su Medio de Identificación Electrónica (MIE), les informo que este
mecanismo, para el Estado de Veracruz, queda cancelado automáticamente al
incorporarnos a esta nueva metodología de trabajo.
Sin
otro particular, se les agradece el apoyo que han brindado a todas las acciones
emprendidas.