En
el marco del programa de atención a Madres y Padres de Familia y con base en el
Reglamento de Asociaciones de Padres de Familia en los siguientes
Artículos:
“Artículo 11. Los directores de las escuelas de educación
preescolar, primaria y secundaria, convocarán a las personas a que se
refiere el Artículo 9° de este Reglamento, dentro de los 15 primeros días
siguientes a la iniciación de cada ciclo escolar, para que, reunidas en
asamblea, constituyan la asociación de padres de familia de las escuelas y
elijan a su mesa directiva…”
“Artículo
10. En los locales en que existan
dos o más escuelas de las que menciona el artículo anterior, se organizará una
Asociación de Padres de Familia por cada institución educativa. Si éstas tienen
turnos, se constituirá una asociación por cada turno.”
Y
para una mejor organización en el proceso de Constitución y/o Cambio
Ordinario de las APF´s (como lo indica el reglamento) de los planteles
escolares a su cargo, adjunto al presente los siguientes formatos:
Acta
Constitutiva
Convocatoria
cartel
Convocatoria